¿Qué no puedo traer de afuera?
Productos Prohibidos

PARTICULARES

Recordá que el paquete que desees enviar no debe superar un límite de 50 kilos, 3.000 dólares FOB y 3 unidades de un mismo producto.

A

- Alhajas y otros objetos preciosos, incluso perlas naturales, de cultivo o sintéticas;

- Alimentos de cualquier tipo, bebidas alcohólicas;

- Animales vivos o muertos, restos humanos, pieles no tratadas, plantas naturales;

- Armas de Fuego o sus componentes, cuchillos, navajas, municiones;

- Artículos o productos usados (excepto notebooks)

- Asbestos (amianto);

- Audífonos de uso médico;

C

- Cualquier artículo o productos que pueda causar daños humanos;

- Cualquier elemento que requiera aprobación de SENASA o certificado de Fauna y Flora. (flores, miel, nácar, flores o pieles);

- Cualquier mercadería que requiera de intervención de la ANMAT (en medicamentos);

- Cualquier mercadería que requiera de intervención de SENASA;

- Cualquier mercadería que requiera intervención de CHAS;

- Cuero de animales exóticos o en extinción;

D

- Drogas, narcóticos o estupefacientes prohibidas por ley: cocaína, marihuana, opio, morfina;

E

- Estupefacientes, narcóticos y medicamentos psicotrópicos y psicofármacos en general. Cigarros, cigarrillos, incluso los electrónicos;

- Explosivos, productos tóxicos, corrosivos, oxidantes, cerillos;

G

- Gases comprimidos, artículos flamables, pintura en aerosol, gas lacrimógeno, spray de cabello, desodorantes bajo la misma presentación;

H

- Hielo Seco;

I

- Insecticidas;

L

- Líquidos inflamables, materiales oxidantes, sólidos inflamables;

- Líquidos y polvos en general (a excepción de perfumes, no se podrán incluir más de 3 en una misma orden);

M

- Material biológico/material radioactivo;

- Material falsificado “piratería”;

- Medicamentos;

P

- Partes de muebles para medicina;

- Patinetas eléctricas;

- Pedrería (piedras preciosas, diamantes, esmeraldas, etc.);

- Pilas tipo A;

- Pinturas, barnices y sustancias similares como polvos secos colorantes y no colorantes;

- Platino, oro o plata, manufacturados o no;

- Productos de limpieza para uso doméstico;

- Productos de uso médico;

V

- Valores al Portador (cheques, acciones, bonos, papel moneda, monedas metálicas, etc.);

- Venenos: líquido, sólido o gas.